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  • Foto del escritorAndrés Santiago

Condenado por maltrato animal

Una de las primeras sentencias en España que condena a un hombre con la pena de cuatro meses de prisión por matar a un perro de forma cruel.

 

El animal se escapó de la finca propiedad de una protectora de animales, entrando en la finca vecina, propiedad de quien llamaremos en este artículo "Vecino" para mantener la confidencialidad.

Vecino, sin pensárselo dos veces cogió una escopeta, disparándola dos veces y atravesando posteriormente al animal con un objetivo puntiagudo la aorta, rompiéndole al animal dos costillas y dándole una muerte dolorosa y agónica.

Se reclama en este caso la indemnización por traslado y asistencia veterinaria., además del dolo directo exigido de forma secundaria.


El maltrato injustificado de un perro por cualquier medio causándole la muerte o lesiones que menoscaben gravemente su salud está tipificado en el Código Penal dentro del artículo 337.

Este es un maltrato por diversión, rabia, odio o sadismo, provocado en venganza por relaciones de vecindad.


En este caso, se trabajó en equipo con un perito veterinario que redactó un informe pericial, explicando cuáles habían sido las conocidas como "Lesiones No Accidentales", en este caso "penetrantes" utilizando "arma de fuego" y "arma blanca".


Tanto jueces como abogados conocen a la perfección el Código Penal, pero desconocen las áreas médico-científicas relativas al caso de estudio, por lo que necesitan de un perito veterinario que aclare mediante el informe pericial que hemos comentado cómo se produjo la muerte del animal, si las lesiones concuerdan con la historia y si dichas lesiones concuerdan con la causa de la muerte.

Además, este perito deberá ilustrar al juez sobre el "ensañamiento" y la crueldad que se percibe según las lesiones no accidentales encontradas.

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